Considerar en término la presentación de las declaraciones juradas y el pago correspondiente al anticipo junio del período fiscal 2016 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos locales, que se registren hasta el día 22 de julio de 2016, para los contribuyentes comprendidos en el aplicativo web denominado DRACMA.
ARTICULO 1°.- Considerar en término la presentación de las declaraciones juradas y el pago correspondiente al anticipo mayo del período fiscal 2016 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral (...)
ARTÍCULO 1º.- Establecer que las personas físicas, las sucesiones indivisas en su carácter de continuadoras de las actividades de las mencionadas personas físicas, las sociedades no constituidas (...)
Establecer que para que se encuentren exentos del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y sus alícuotas adicionales, los sujetos comprendidos en el Artículo 204 del Código Fiscal Unificado (Ley Provincial 1075) deberán tramitar ante esta Agencia, necesariamente, un Certificado de Exención. Dicho Certificado será el acto constitutivo que posibilitará a los sujetos del artículo 204 de la Ley Provincial 1075 hacer uso de dicho beneficio, previo cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales previstas por las normas legales pertinentes y la presente.